IMPORTANTE APROBACIÓN DE "LEY SILLA" PARA LOS TRABAJADORES
Nacional: IMPORTANTE APROVACIÓN DE "LEY SILLA" PARA LOS TRABAJADORES / Gamaliel Velazco
El Senado de la República aprueba la para garantizar el derecho al descanso de los trabajadores

Gamaliel Velazco
/ 2024-02-21

IMPORTANTE APROBACIÓN DE "LEY SILLA" PARA LOS TRABAJADORES

El Senado de la República aprueba la para garantizar el derecho al descanso de los trabajadores


El Senado de la República ha aprobado por unanimidad importantes reformas a la ley laboral con el objetivo de proteger el derecho al descanso de los trabajadores que se ven obligados a permanecer de pie durante largas horas en sus jornadas laborales. La nueva legislación, conocida como la "Ley Silla", establece medidas que prohíben esta práctica y prevén sanciones significativas para los empresarios que incumplan con las disposiciones.

El senador de Morena, Napoleón Gómez Urrutia, presentó el dictamen destacando la importancia de esta ley, que obligará a los patrones, principalmente en los sectores de servicios, comercio y actividades similares, a proporcionar asientos con respaldo a su personal. La normativa pone fin a la injusta prohibición de sentarse durante el turno, que ha sido impuesta en muchos centros de trabajo.

Gómez Urrutia subrayó las consecuencias para la salud de los trabajadores que permanecen de pie durante largas horas, citando problemas que van desde la fatiga y dolores musculares hasta condiciones más graves como la insuficiencia venosa, tendinitis y lesiones en rodillas y lumbalgia. Además, señaló que la falta de movimiento continuo puede aumentar la probabilidad de desarrollar enfermedades cardiovasculares y otras complicaciones relacionadas con la postura.

La "Ley Silla" modifica el Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo la obligación para los patrones de proveer un número suficiente de sillas con respaldo para los trabajadores de los sectores mencionados. También incluye la necesidad de proporcionar descanso periódico durante la jornada laboral. El Artículo 133 se modifica para prohibir a los empleadores obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada, y en caso de que sea necesario, se deben garantizar tiempos de descanso adecuados.

El incumplimiento de estas disposiciones conlleva multas sustanciales, que van desde 250 hasta 2500 veces la unidad de medida y actualización. En caso de reincidencia, la Inspección Laboral puede ordenar la suspensión temporal de las actividades de la empresa que no cumpla con las medidas necesarias para garantizar los derechos laborales.

Con esta legislación, se busca no solo promover la salud física y mental de los trabajadores, sino también fomentar un ambiente laboral más digno y justo, especialmente en sectores donde las condiciones de precariedad laboral son más acentuadas, como la industria de la moda y las tiendas departamentales.