VUELVEN LAS MULTAS EN CARRETERA… ¡AGUAS!
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INFORMACIÓN | Revista el Tlacuilo / 2026-06-07

Redacción.- Desde la desaparición de la Policía Federal de Caminos y la transición hacia la Guardia Nacional en 2019, muchos automovilistas sintieron que las carreteras federales se habían convertido prácticamente en “China libre” en materia de tránsito; aunque la corporación tenía presencia en las vías, sus facultades para aplicar ciertas sanciones quedaron limitadas. Bueno, pues eso ya cambió.

Tras las modificaciones al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional recupera facultades para aplicar infracciones directamente a conductores en autopistas y caminos federales del país. La medida busca regresar el orden a las carreteras, donde el exceso de velocidad, las maniobras imprudentes y los vehículos en malas condiciones se habían vuelto parte del paisaje.

Así es que ya lo sabe: ahora los elementos de la Guardia Nacional podrán controlar la circulación, detener vehículos para revisión, solicitar documentación, verificar condiciones físico-mecánicas, atender accidentes, retirar unidades que representen riesgo y levantar las famosas multas que muchos pensaban que habían quedado en el recuerdo.

Entre las principales infracciones están conducir con exceso de velocidad, manejar bajo los efectos del alcohol o sustancias, usar el teléfono celular al volante, no utilizar cinturón de seguridad, circular en sentido contrario, invadir carriles, no respetar señalamientos, transportar carga sin asegurar, conducir vehículos en malas condiciones, negarse a entregar licencia o tarjeta de circulación y no atender las indicaciones de la autoridad.

Y para quienes acostumbraban aplicar aquello de “no pasa nada”, más vale revisar el reglamento, porque las sanciones pueden pegar directo al bolsillo: algunas multas superan varios miles de pesos y las más altas pueden alcanzar las 150 UMA, es decir, alrededor de 17 mil 500 pesos con el valor vigente de 2026. Además, ciertas conductas pueden derivar en la detención del conductor y su presentación ante el Ministerio Público cuando exista la comisión de un delito.

Eso sí, no significa que la Guardia Nacional vaya a multar por estacionarse mal afuera de la tienda o por pasarse un alto dentro de la colonia; estas facultades aplican en carreteras, autopistas y puentes federales. En pocas palabras: si sale a carretera, revise papeles, llantas, luces y sobre todo el velocímetro… porque la época de “ahí nos vemos a la vuelta” parece haber terminado.
Bien por esta medida que retorna el control en carreteras, ojalá que lo que no retorne sea la “clásica mordida”; no nos vaya a salir la Guardia Nacional con el: “usted me dice cómo nos arreglamos”